· García Lira & Asociados · Finanzas  · 9 min read

¿Estás Dejando Dinero Sobre la Mesa? 5 Deducciones Fiscales que Podrías Estar Olvidando

Descubre cómo reducir tu carga fiscal y maximizar tu devolución de impuestos con estas 5 deducciones que muchos contribuyentes pasan por alto.

Descubre cómo reducir tu carga fiscal y maximizar tu devolución de impuestos con estas 5 deducciones que muchos contribuyentes pasan por alto.

Introducción

La temporada de la declaración anual se acerca y, con ella, la oportunidad de poner tus finanzas en orden. Muchas personas se concentran en reportar sus ingresos correctamente, pero ¿sabías que también puedes reducir el monto de impuestos a pagar o incluso obtener una devolución al aprovechar las deducciones fiscales?

En García Lira & Asociados, hemos notado que muchos contribuyentes, tanto personas físicas como morales, desconocen o pasan por alto algunas deducciones a las que tienen derecho. Esto significa que podrían estar dejando dinero sobre la mesa, pagando más impuestos de los que les corresponden.

En este artículo, te revelaremos 5 deducciones fiscales que podrías estar olvidando y que podrían ayudarte a ahorrar dinero en tu próxima declaración anual. ¡Sigue leyendo!

1. Donativos a Instituciones Autorizadas

¿Sabías que tus actos de generosidad también pueden beneficiarte fiscalmente? Puedes deducir los donativos no onerosos ni remunerativos (es decir, que no recibas nada a cambio) que realices a donatarias autorizadas por el SAT, que generalmente son Organizaciones No Gubernamentales (ONG’s), con la encomienda de que el monto sea utilizado para los fines propios de la organización y estos pueden ser de asistencia, educativos, ecológicos, de reproducción de especies protegidas, investigación científica o desarrollo tecnológico, entre otros, dependiendo del objeto autorizado de la organización. Para deducir este tipo de donativos, las instituciones que reciban tus donativos, preferentemente, deberán estar autorizadas para emitir recibos de donativos y podrás encontrarlas con una simple búsqueda de información, en el portal del SAT o en el Diario Oficial de la Federación, aunque esta deducción está limitada en la gran mayoría de casos a un máximo del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del ejercicio anterior, para las personas físicas, por lo que el beneficio, además de ayudar a organizaciones con causas que tú decidas apoyar, es un apoyo para tus finanzas. En algunos casos especiales, el monto a deducir puede incrementarse hasta un 10%.

Asegúrate de obtener el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que ampare el donativo. El CFDI debe cumplir con los requisitos fiscales, incluyendo el complemento de donatarias.

Ejemplos de donatarias autorizadas:

  • Fundaciones de apoyo a la educación, la salud, o la cultura.
  • Instituciones de asistencia a personas con discapacidad o en situación vulnerable.
  • Organizaciones dedicadas a la protección del medio ambiente.
  • Museos o bibliotecas sin fines de lucro.

Consejo: Antes de donar, verifica que la institución aparezca en la lista de donatarias autorizadas del SAT. Esta información es pública y la organización, cuando son debidamente constituidas, lo menciona con regularidad para dar mayor certidumbre al donante.

2. Gastos Médicos Mayores: Más Allá de las Consultas

Los gastos destinados a cuidar tu salud y la de tu familia son una inversión que también tiene recompensas fiscales. A menudo pensamos en gastos médicos deducibles solo para consultas con el médico o la compra de medicamentos con receta, cuando puedes deducir más que solo eso. Dentro del concepto “gastos médicos”, en realidad también entran honorarios por servicios profesionales en psicología y nutrición. Adicionalmente, considera como gastos deducibles, bajo esta misma línea:

  • Análisis clínicos y estudios de laboratorio. Incluso los de check-up general preventivo.
  • Honorarios de enfermería. Los servicios de atención médica a domicilio son una necesidad en ciertos casos de salud o para algunos pacientes que lo requieran, donde entrarán la mayoría de servicios de cuidado y acompañamiento médico, tanto general como especializado.
  • Compra o renta de aparatos para rehabilitación: Sillas de ruedas, andaderas, muletas y hasta aditamentos como plantillas o soportes especiales, necesarios para la rehabilitación, pueden entrar en esta categoría.
  • Lentes graduados: Para corregir problemas visuales, deducibles hasta por $2,500.00, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos. Ya sean para extremidades como aparatos auditivos.
  • Gastos hospitalarios, incluyendo los de transporte en ambulancia.

Recuerda que estos gastos, y en general todos los relacionados a este apartado, deben pagarse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito para que sean deducibles y solo en algunos casos muy específicos el pago puede realizarse en efectivo. También es deducible si lo paga un tercero, como un seguro de gastos médicos, siempre que haya un reembolso posterior. Los gastos relacionados a medicinas son deducibles, siempre y cuando estén incluidos en comprobantes emitidos por hospitalización, no son deducibles las compras hechas en farmacias, aunque cuenten con receta médica. Los gastos por salud son deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge, concubino/a, tus padres, abuelos, hijos o nietos.

3. Intereses Reales de Créditos Hipotecarios con Fines Habitacionales

Si estás pagando un crédito hipotecario destinado a la casa que habitas (ya sea que esté a tu nombre, el de tu cónyuge o concubino/a), los intereses reales pagados (intereses pagados menos la tasa de inflación) son deducibles de impuestos. Las instituciones que pueden emitir este tipo de constancias pueden ser instituciones públicas como el INFONAVIT o el FOVISSSTE, pero también pueden emitirlos las instituciones bancarias o las SOFOMES que otorgan créditos hipotecarios para adquisición de vivienda con las características mencionadas.

Este beneficio es muy importante, ya que te puede ayudar a reducir el monto del impuesto sobre la renta a pagar e incluso podrías generar un saldo a favor. Para ello, debes solicitar a la institución que te otorgó el crédito una constancia de intereses reales pagados durante el año anterior. Esta constancia te servirá como comprobante para incluirlos en tu declaración, no es necesario adjuntarla, pero sí que la información coincida con la que está en la base de datos del SAT. Solo un crédito con fines habitacionales puede aplicar para esta deducción, por lo que uno destinado a la adquisición de un terreno, un local comercial u oficinas no entran en la deducción de intereses reales, al menos con la información vigente en la miscelánea fiscal para 2024.

4. Aportaciones Voluntarias a tu AFORE

Planear para el futuro no solo te brinda tranquilidad, sino que también puede darte beneficios fiscales hoy. Las aportaciones voluntarias a tu Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) o a planes personales de retiro son deducibles de impuestos, siempre y cuando el monto, en suma con otras deducciones personales, no exceda el 10% de tus ingresos acumulables del ejercicio, ni de 5 salarios mínimos generales anuales. Deberás tomar en cuenta el salario mínimo general que corresponda a tu zona geográfica y, con base en lo mencionado en el Artículo 151 de la LISR, las aportaciones deben mantenerse en la cuenta hasta que el beneficiario alcance la edad de 65 años para considerarlo como deducible para efectos fiscales, salvo casos de fallecimiento o invalidez que impida al beneficiario continuar trabajando, con el dictamen de una institución de seguridad social como el IMSS, el ISSSTE o la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.

Este beneficio te permite ahorrar para tu retiro mientras reduces tu base gravable (la cantidad sobre la que se calculan tus impuestos). Solo toma en cuenta que para gozar de estos beneficios es necesario que la cuenta AFORE esté registrada en la CONSAR y se especifique que son con fines de deducción. Además, deberás solicitar y conservar el comprobante de aportación voluntaria.

5. Colegiaturas: Una Inversión con Retorno Fiscal

La educación es una de las mejores inversiones que puedes hacer, y el SAT te da un incentivo para ello. Las colegiaturas, desde preescolar hasta bachillerato o equivalente, son deducibles, con un tope anual de acuerdo con el nivel escolar. Por ejemplo, en el caso de un solo hijo:

Nivel educativoLímite anual de deducción (ejemplo)
Preescolar$14,200
Primaria$12,900
Secundaria$19,900
Profesional técnico$17,100
Bachillerato o equivalente$24,500

Esos son los límites por alumno. En una familia donde haya 2 alumnos cursando preescolar y primaria, los límites aplicarían para ambos casos, con lo cual el límite familiar ascendería a $27,100, la suma de los dos topes anuales, por poner un ejemplo ilustrativo. El pago del transporte escolar también puede entrar como un gasto deducible de impuestos, solo cuando sea obligatorio para todos los alumnos en la institución educativa en cuestión y siempre y cuando sea un gasto erogado de manera separada a la colegiatura.

Es necesario que obtengas el CFDI correspondiente a los pagos realizados a lo largo del año por estos conceptos. Este CFDI debe desglosar el monto de la colegiatura y, en su caso, el del transporte escolar, por lo que para fines de la deducción de estos gastos, solo se tomará en cuenta lo correspondiente a esos servicios y no a otros adicionales como la venta de uniformes, materiales, inscripciones o reinscripciones. Los gastos de licenciaturas no son deducibles.

Consideraciones especiales: En caso de que un mismo alumno cambie de nivel, se considerará el monto de la deducción anual del nivel superior cursado. El estímulo aplica de manera similar en casos donde un padre o tutor tenga a su cargo más de un alumno, con cualquier cantidad de combinaciones en los niveles cursados por sus hijos, solo respetando la suma total de cada nivel y sin que esa suma sobrepase los $151,000.00, tope que incluye todas las deducciones posibles del contribuyente a lo largo del ejercicio. Si un alumno cursa dos niveles distintos en un mismo año, como ocurre cuando alguien termina la secundaria y comienza el bachillerato, para propósitos del cálculo del monto a deducir, el padre o tutor podrá considerar como monto total a deducir el límite anual correspondiente al nivel educativo superior cursado por el alumno. En el ejemplo citado, aplicaría el límite de bachillerato, no el de secundaria. Cuando en una familia, ambos padres tienen un trabajo remunerado o una fuente de ingresos con obligaciones fiscales y uno de los hijos de ellos cursa primaria, ambos podrían acceder a este beneficio y considerarlo al momento de la presentación de la declaración anual, siempre y cuando no rebasen el tope máximo a deducir permitido para las personas físicas. Si tomamos el ejemplo de una deducción por gastos escolares en el nivel primaria y esta fue de $12,000.00, cada padre o tutor puede deducir $6,000.00 para sí mismo.

Conclusión

Aprovechar las deducciones fiscales es una forma inteligente de optimizar tu carga tributaria y obtener el mayor beneficio posible de tu declaración anual. En García Lira & Asociados, estamos comprometidos a ayudarte a identificar todas las deducciones a las que tienes derecho y a guiarte en el proceso de presentarlas correctamente.

No dejes dinero sobre la mesa. Acércate a nosotros para una asesoría personalizada y descubre cómo podemos ayudarte a maximizar tus ahorros fiscales.

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  • Teléfono: +52 351 121 7355
  • Sitio web: www.garcialira.com.mx

¡En García Lira & Asociados, tu tranquilidad financiera es nuestra prioridad!


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